En resumen
El seguro médico que la empresa contrata para su plantilla no tributa en el IRPF del trabajador hasta 500 € al año por persona (1.500 € con discapacidad), y puede cubrir al trabajador, a su cónyuge y a sus descendientes (artículo 42.3.c de la Ley del IRPF). Lo que pase de ese tope tributa. La prima sí cotiza a la Seguridad Social, y la empresa la deduce como gasto de personal.
Trabajo como agente exclusivo de Sanitas, así que los seguros que te explico son los suyos. Esta guía es para quien lleva una empresa, o los recursos humanos de una pyme, y se plantea dar seguro médico a la plantilla. La escribo pensando en las pymes: en Baleares hay 18.511 empresas con entre 3 y 49 asalariados (directorio de empresas del INE, 1 de enero de 2025).
Encontrarás la norma fiscal tal como la escriben la Ley del IRPF y las consultas vinculantes de Hacienda, lo que pasa con la Seguridad Social, que cambia las cuentas, y cómo se monta con Sanitas. No hay precios: el de un seguro de empresa no sale de la tarifa de particulares, y al final te explico cómo pedir el de la tuya.
En Baleares, el 30,1 % de la población tiene seguro de salud privado, frente al 26,2 % de España (informe del IDIS de 2026, con datos de 2025). Para una parte de tu plantilla sería su primer seguro privado. Para quien ya se paga uno de su bolsillo, entrar en el de la empresa es la forma de que le salga más barato.
¿Cuánto ahorra un empleado si el seguro se lo da la empresa?
Con retribución flexible, el empleado paga el seguro de su sueldo bruto y se ahorra el IRPF de hasta 500 € por persona: con una prima de ejemplo de 500 € y un tipo marginal del 30 %, 150 € al año por persona, 600 € con cónyuge y dos hijos. Si paga la empresa, le llega sin IRPF.
| Ejemplo para una persona: prima de 500 € al año, tipo marginal del 30 % | Se lo paga el empleado | Retribución flexible | Lo paga la empresa |
|---|---|---|---|
| Quién contrata la póliza (tomador) | El empleado | La empresa | La empresa |
| De dónde salen los 500 € | De su sueldo neto | De su sueldo bruto | De la empresa, aparte del sueldo |
| IRPF por los 500 € de sueldo que van al seguro | 150 € | 0 € | 0 € |
| Lo que le cuesta al empleado de su sueldo neto (mismo bruto en las tres columnas) | 500 € | 350 € | Su parte de la cotización por esos 500 € |
| Lo que le cuesta a la empresa | 0 € | Nada más: el bruto total no cambia | 500 € y su parte de la cotización |
Lee la tabla como un ejemplo, no como el caso de tu empresa. Los 500 € no son un precio de Sanitas, supongo que el tipo marginal de la persona no cambia y dejo fuera las demás reducciones del IRPF. El ahorro de cada empleado depende de su renta: a quien gana tan poco que no paga IRPF, la exención no le ahorra nada.
El tope manda. Si la prima de una persona fuera de 700 € al año, quedarían exentos 500 € y el ahorro seguiría en 150 €; los otros 200 € tributan como cualquier otra retribución en especie.
Esta regla es la de la ley estatal, en vigor con su redacción actual desde el 1 de enero de 2016, y es la que rige en Baleares. En el País Vasco y en Navarra manda su normativa foral (artículo 4 de la Ley del IRPF).
¿Quién de la familia entra en la exención?
El trabajador, su cónyuge y sus descendientes, cada uno con su propio tope de 500 € al año, o 1.500 € si tiene discapacidad. La ley no pone edad a los descendientes: Hacienda incluye a hijos, nietos y bisnietos, sin límite de edad (consulta vinculante V0389-17). La pareja de hecho y los padres del trabajador quedan fuera de la exención.
La pareja de hecho es la duda que más se repite, y Hacienda la ha contestado varias veces, la más reciente el 30 de septiembre de 2026 (consulta V5705-26, que remite a la V0874-17). La ley dice «cónyuge», y un beneficio fiscal no se puede ampliar por analogía (artículo 14 de la Ley General Tributaria). Si la pareja de hecho de un empleado va en la póliza, su prima queda fuera de la exención y tributa en el IRPF del empleado.
El tope es por persona y no se reparte entre la familia. Si la prima del trabajador pasa de 500 € y la de su hijo se queda en 300 €, el exceso del trabajador tributa: lo que le sobra a uno no se compensa con lo que le falta a otro.
Cuidado con lo que leas por ahí. «Hijos menores de 25 años que convivan» es la regla del autónomo que se paga su propio seguro, que explico en la guía de seguro médico para autónomos. En el seguro de empresa, la ley dice «descendientes», sin más.
¿Vale si el seguro se descuenta del sueldo bruto?
Sí, con dos condiciones. La empresa tiene que ser la tomadora de la póliza, y el seguro tiene que estar pactado como retribución en especie, en el contrato de trabajo o en el convenio. Así lo dice Hacienda en las consultas V0320-23 y V5705-26. Si la empresa solo adelanta el pago y lo descuenta del sueldo neto, no hay exención.
La diferencia está en quién se obliga a qué. Si la empresa se compromete por escrito a dar el seguro y el empleado cambia esa parte de su sueldo en dinero por el seguro, es retribución en especie y la exención funciona. Si la empresa solo hace de intermediaria, Hacienda entiende que el empleado ha gastado su sueldo en el seguro y lo llama mediación de pago.
Atención
Descontar el seguro del sueldo neto no da la exención. En la consulta V1262-20, la empresa pagaba la mitad de la prima y descontaba la otra mitad del neto de la nómina: solo quedó exenta la mitad que pagaba la empresa.
Tampoco vale que la empresa pague la póliza que el empleado ya tiene a su nombre. La exención exige que el tomador sea la empresa (consulta V2570-18, en la que la tomadora era la esposa del trabajador). Si la empresa le reembolsa la cuota, Hacienda lo trata como sueldo en dinero, con su retención (V5705-26).
Hay además un límite laboral: el salario en especie no puede pasar del 30 % de las percepciones salariales del empleado, ni dejar la parte en dinero por debajo del salario mínimo (artículo 26.1 del Estatuto de los Trabajadores). Con sueldos cerca del salario mínimo, la retribución flexible tiene poco margen.
Si la empresa no puede pagar el seguro entero, yo ofrecería retribución flexible a quien la quiera, con el pacto por escrito. A la empresa no le cuesta más y el empleado se ahorra el IRPF de la prima. Lo que pierdes frente a pagarlo la empresa: solo lo aprovecha quien lo pide, y en una oferta de trabajo pesa menos que un seguro pagado.
¿El seguro médico de empresa cotiza a la Seguridad Social?
Sí, y entero. La exención de 500 € es solo del IRPF. La base de cotización es la remuneración total, en dinero o en especie (artículo 147 de la Ley General de la Seguridad Social), y el reglamento cuenta por su importe completo las primas que paga la empresa por sus trabajadores (Real Decreto 2064/1995, artículo 23).
La regla viene del Real Decreto-ley 16/2013, de diciembre de 2013, que dejó cerrada la lista de lo que no cotiza. Hoy esa lista empieza por «únicamente» y el seguro médico no está en ella. Es fácil pasarlo por alto, y cambia las cuentas según quién pague.
Con retribución flexible no cambia nada: el bruto de cada empleado es el mismo y solo cambia la parte que cobra en dinero, así que ni la empresa ni el empleado cotizan más. Si la empresa paga el seguro aparte del sueldo, la prima se suma a la base de cotización y los dos cotizan por ella, cada uno con su tipo.
¿Qué le cuesta a la empresa y cómo lo deduce?
Con retribución flexible, poco más que la gestión, porque el bruto de cada empleado no cambia. Si paga la empresa, le cuesta la prima más su cotización sobre ella. Un seguro médico dado a toda la plantilla como complemento salarial es gasto de personal deducible en el Impuesto sobre Sociedades, si está contabilizado y justificado (consulta vinculante V1763-15).
La Ley del Impuesto sobre Sociedades no trata como liberalidad, que no se puede deducir, el gasto que se hace con el personal según los usos y costumbres (artículo 15.e). En la consulta V1763-15, Hacienda concluye que un seguro médico pagado a todos los trabajadores como complemento salarial es gasto deducible, con las condiciones de cualquier gasto: contabilizado, imputado al año que corresponde y justificado. Con retribución flexible, la empresa sigue pagando el mismo sueldo, solo que una parte en especie.
Si la empresa eres tú, como autónomo con empleados, la regla es la misma. El rendimiento de tu actividad se calcula con las normas del Impuesto sobre Sociedades (artículo 28.1 de la Ley del IRPF), y el manual de la renta de la Agencia Tributaria incluye las retribuciones en especie dentro de los sueldos y salarios. Tu propio seguro va por otra regla, la del gasto deducible del autónomo.
La prima no lleva IVA. Sanitas solo le suma el recargo del Consorcio de Compensación de Seguros, del 0,15 %.
¿Cómo se refleja en la nómina?
La prima figura como retribución en especie y suma entera a la base de cotización. Para el IRPF no cuentan los primeros 500 € de cada persona al año; el exceso se valora por lo que le cuesta a la empresa, que hace sobre él un ingreso a cuenta, como la retención del sueldo (artículo 102 del Reglamento del IRPF).
Con retribución flexible, además, la parte del sueldo que se cobra en dinero baja en la misma cantidad. El cálculo lo hace el programa de nóminas de tu gestoría. Lo que necesita es el pacto firmado con cada empleado y quién va en la póliza de cada uno, porque el tope se cuenta por persona.
El empleado no tiene que hacer nada en su declaración de la renta para aplicar la exención, porque la aplica la empresa en la nómina. Y si se paga un seguro por su cuenta, no tiene dónde desgravarlo: el seguro médico no está entre los gastos deducibles del trabajo ni entre las deducciones de la Ley del IRPF (artículos 19.2 y 68), y ninguna de las deducciones autonómicas de Baleares de la renta de 2025 lo incluye. Para un asalariado, la vía habitual de ahorrar impuestos con el seguro médico es que lo contrate la empresa.
Consulta con tu asesor tu caso: el tipo de cada empleado, cómo encaja el pacto en vuestro convenio y si alguien de la plantilla tiene una situación especial.
¿Qué seguro de Sanitas es para una empresa?
Según la ficha que Sanitas publica para pymes, es un seguro completo, de cuadro médico, con o sin copago, y su tarifa de abril de 2026 tiene tramos de 5 a 20 y de 21 a 100 asegurados. El producto que te encaje y sus condiciones se concretan en la propuesta. Un autónomo con hasta tres empleados tiene otra vía.
Según esa ficha, cubre medicina primaria, todas las especialidades, pruebas diagnósticas, urgencias (también a domicilio y en viajes al extranjero), operaciones con o sin ingreso, hospitalización, videoconsulta con médico 24 horas sin cita y dentista: Sanitas Dental 21, con más de 30 servicios incluidos. Se contrata hasta los 75 años y no tiene edad máxima de permanencia.
Con copago medio, los seis primeros servicios del año de cada asegurado no cuestan nada; del séptimo al décimo, 4 € por servicio; del 11 al 15, 7 €, y a partir del 16, 10 €. Cada acto en el dentista, 3 €, y cada paquete de alta frecuentación (fisioterapia y similares), 12 €. La póliza también se puede contratar sin copagos.
Las carencias son las de un seguro completo: 3 meses para las operaciones más sencillas, 6 para las pruebas de alta tecnología y la psicología, 8 para el parto y 10 para la hospitalización, las operaciones mayores y los tratamientos complejos. Quien venga de otra compañía con al menos un año de póliza en España puede reducirlas o eliminarlas, salvo la del parto, según la ficha del producto.
El empleado puede incluir a su cónyuge y a sus descendientes, como recoge la página de Sanitas sobre retribución flexible. Pregunta en la propuesta por el cuestionario de salud y las carencias de tu colectivo: las condiciones generales que Sanitas publica para ese seguro prevén un cuestionario por asegurado, y pueden quedar fuera las coberturas relacionadas con lo que no se declare. Lo que se acuerde para tu empresa va en sus condiciones particulares.
Para las grandes empresas, sanitas.es presenta Sanitas Empresas como «el seguro que se adapta a las grandes empresas»: cuadro médico con cobertura completa y condiciones que se ajustan a cada cliente.
Si eres autónomo y tienes pocos empleados, Sanitas Profesionales admite a tus empleados y a sus familias: hasta 3 si tú eres el tomador y el primer asegurado, o hasta 4 si eres solo el tomador porque ya tienes Sanitas en otra póliza. Te pedirán el alta en el RETA, o el recibo de tu mutualidad, y la cabecera de nómina sellada de cada empleado.
¿Cuánto cuesta un seguro médico de empresa?
Depende de tu empresa, y por eso aquí no hay precios. En la tarifa de Sanitas, el seguro para pymes cobra por asegurado según el tamaño del grupo, los tramos de edad (hasta 64 años, y de 65 en adelante), el copago y la zona donde vive cada uno. Con eso, Sanitas prepara la propuesta de cada empresa.
Pide la propuesta con dos números claros: cuánto quiere poner la empresa por persona y cuántos familiares entrarían. Si paga la empresa, la cifra que mejor le encaja es hasta 500 € por persona y año, porque lo que pase de ahí tributa en el IRPF del empleado. Con retribución flexible, cada empleado decide si entra y a quién incluye, y la exención es la misma.
¿Cómo se monta, paso a paso?
Decides quién paga, pides la propuesta con el CIF y el número de personas, la empresa firma la póliza colectiva como tomadora, pactas por escrito la retribución en especie si la hay y das de alta a los empleados y a sus familias. Quien entra en la empresa más tarde se da de alta en la misma póliza.
- Decide quién paga. Hay tres fórmulas: la empresa paga todo, cada empleado lo paga de su bruto con retribución flexible, o a medias. En la fórmula mixta, la parte de la empresa queda exenta, y la del empleado solo si sale de su bruto con el pacto firmado (consultas V0320-23 y V5705-26).
- Pide la propuesta. El formulario de empresas de Sanitas pide el CIF y el número de empleados, y su calculadora pregunta cuántas personas se aseguran, si queréis hospitalización y si queréis copago. Dime también si entrarán familias, porque cambian el número de asegurados.
- Contrata la póliza colectiva. Sanitas la emite y la firma el apoderado de tu empresa, que figura como tomadora: es el detalle que exige Hacienda para la exención.
- Pacta la retribución flexible por escrito, si la hay. Se recoge en el contrato de trabajo de cada empleado que entre (o en una modificación del contrato) o en el convenio. Sin ese pacto, el descuento es sueldo en dinero.
- Da de alta a empleados y familias. Cada asegurado recibe su certificado con las condiciones, su tarjeta, cada vez más en el móvil, y acceso a su app.
- Añade a quien llegue después. Se da de alta en la póliza colectiva. Pregunta en la propuesta qué carencias y qué cuestionario tienen esas altas posteriores.
Para pedir la propuesta a Sanitas necesito cuatro datos: el CIF, cuántos empleados sois, si queréis incluir a las familias y quién pagaría el seguro. Escríbeme por WhatsApp con ellos y te paso la propuesta para tu empresa.